Archivo para May, 2014

Suprema Corte de Justicia de la Nación, salva a México

Salvaguarden la soberanía nacional decretando la inconstitucionalidad de la Reforma Energética y de las fracciones I y XXIII del artículo 61 de la Ley de Amparo

Ministro Juan N. Silva Meza, Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación scjn_presidencia@scjn.gob.mx
Ministra Ponente Margarita Beatriz Luna Ramos mbluna@scjn.gob.mx
Ministro Luis María Aguilar Morales lmaguilarm@scjn.gob.mx
Ministro José Fernando Franco González-Salas jbassh@scjn.gob.mx
Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación jmpardor@scjn.gob.mx
Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena agutierrez@scjn.gob.mx
Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea azaldivarl@mail.scjn.gob.mx
Ministro Alberto Gelacio Pérez Dayán agperezd@scjn.gob.mx
Ministra Olga María del Carmen Sánchez-Cordero Dávila oscgv@mail.scjn.gob.mx
Ministro José Ramón Cossío Díaz jramoncd@mail.scjn.gob.mx
Ministro Sergio Armando Valls Hernández savallsh@mail.scjn.gob.mx

 

La REFORMA ENERGÉTICA de diciembre de 2013 y las reformas a la Ley de Amparo de abril del mismo año que impiden ampararse con reformas constitucionales, constituyen en combinación una clara conspiración de parte de nuestros gobernantes en contra de nosotros, el pueblo mexicano. La misma tiene la intención deliberada de despojarnos de todo poder de decisión sobre nuestro futuro, al imponer decisiones fundamentales sin que podamos defendernos de las mismas.
De acuerdo con el artículo 35 de la propia constitución mexicana, debimos de haber sido consultados sobre estas reformas. Al no hacerlo, el gobierno atentó en contra de nuestros derechos humanos, consagrados en el artículo 1º de la Constitución. De hecho, de acuerdo al artículo 39 constitucional somos como Pueblo el soberano supremo del país y con ello, el único facultado para disponer de los recursos y bienes nacionales. Con estas reformas y las violaciones a los artículos 1º, 35 y 39 de la Constitución se instauró en nuestro país, de facto, una dictadura.
Es importante que sepas que de acuerdo con la Reforma Energética y sus leyes secundarias propuestas los recursos y bienes más preciados de la nación, aquellos relacionados con la generación de energía como son el petróleo, el gas natural y las instalaciones para su aprovechamiento, serán malbaratados en la venta a empresas transnacionales o desmantelados. Junto con estos recursos estratégicos, las reformas entregan el control económico y político del país, es decir, la soberanía nacional, a las manos de empresas y gobierno extranjeros, e incluso, ponen en alto riesgo la seguridad nacional, abriendo las puertas a una posible intervención armada de las potencias interesadas en nuestros recursos. Para colmo, con las reformas en materia de telecomunicaciones, se pretende impedir que el pueblo se manifieste al respecto por medios como el internet.
La Reforma Energética también pone en riesgo el suministro de combustibles a nivel nacional, por la disrupción en materia de refinación y distribución que causará el privatizarlas. También pone en peligro el crecimiento económico y bienestar social, pues va a provocar un aumento de impuestos y una disminución del gasto público, toda vez que la enorme aportación fiscal de Pemex, que se traduce en escuelas, hospitales, carreteras, programas sociales etc., se perderá gradualmente con la privatización. La renta petrolera será ahora en beneficio de extranjeros. La pérdida de bienestar social se traducirá, a su vez, en un aumento de la criminalidad en nuestro país.
Un grupo de mexicanos patriotas, entre los que se encuentran el activista y abogado Jorge Antonio Ramos Albores, también conocido como JARA, la Unión Nacional de Técnicos y Profesionistas Petroleros, con más de 1000 afiliados en el país y el conocido periodista Julio Hernández López, ha presentado contra estas reformas el amparo 36/3014, el cual se encuentra pendiente de ser atraído por la SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN). El amparo busca que el Poder Judicial resuelva sobre la inconstitucionalidad del artículo 61 fracciones I y XXIII de la Ley de Amparo que niega el derecho de acceso a la justicia en contra de las reformas y adiciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como la inconstitucionalidad de los artículos 25, 27 y 28 del mismo ordenamiento por atentar en contra de la soberanía y seguridad nacional. Esta demanda se diferencia de otras sobre el mismo tema precisamente en que ataca simultáneamente a la Reforma Energética y a la Ley de Amparo, ésta en la parte ya comentada.

Para conocer el amparo descargándolo, da click aquí.

En este momento, y a petición del Décimo Tercer Tribunal Colegiado de lo Administrativo del Primer Circuito, la SCJN está por decidir si ejercer la facultad de atracción en el expediente 271/2014 para el amparo. Es importante pedir a la Ministra MARGARITA LUNA RAMOS, a quien correspondió ser la ponente acerca del caso, que actúe en favor de los intereses de la Nación recomendando la atracción de la Corte, dada la relevancia, novedad y complejidad del tema analizado. Si el caso es atraído, el siguiente momento clave es que se conceda el amparo y protección de la Unión, es decir, que se revoquen al mismo tiempo las comentadas reformas a la Ley de Amparo y a la Constitución, para detener la Reforma Energética y sus fatales efectos. Esta decisión recaerá ya sea sobre la Segunda Sala o sobre el Pleno de la SCJN, por lo que es crucial pedir a los Ministros que igualmente reconozcan lo grave de la Reforma Energética y decidan en favor del interés común.
Por eso te pedimos que sumes tu firma para esta petición a los Ministros de la Suprema Corte de Justicia. ¡Firma por tu bien y el de todos los mexicanos!

Puedes entrar a Change.org,http://tinyurl.com/mejr772 para suscribir una carta simple a la Suprema o si deseas adherirte, imprime el escrito que sigue, firmalo y escribe a  acorona_mx@yahoo.com.mx para entregarnos la carta . O puedes hablar por teléfono con Moisés Flores Salmerón, dirigente de la UNTyPP, al (0155) 5331 1714.

JUICIO DE AMPARO INDIRECTO

                                      QUEJOSO: UNION NACIONAL DE TECNICOS

                                      Y PROFESIONISTAS PETROLEROS Y OTROS

                                      EXP: 36/2014.

                                      FACULTAD DE ATRACCION 271/2014.                                          

H. TRIBUNAL PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION.

 

 

El que suscribe, por mi propio derecho ante Ustedes comparezco y expongo:

 

Que vengo por medio del presente escrito, con base en articulo 8º, 1º, 2º,17º,27º,35º,39º, 135º y 136º, de la Constitución General de la República,  a adherirme al presente juicio de amparo y a solicitar se sirva el pleno de esa Suprema Corte de Justicia de la Nación, ejercite la facultad de atracción con relación al expediente al rubro indicado y resolver sobre los siguientes puntos:

 

1.- Decretar la inconstitucional del artículo I y XXIII del artículo 61 de la Ley de Amparo

 

2.- Asumir su función como órgano de control constitucional.

3.- Ser garante de las instituciones y principios constitucionales.

4.- Mantener su función de pesos y contrapesos respecto de los otros dos poderes.

5.- Dar acceso a la justicia federal en contra de las reformas o adiciones a la Carta Magna.

6.- Decretar anticonstitucional las fracciones  I y XXIII del artículo 61 de la Ley de Amparo.

7.- Salvaguardar la soberanía y seguridad nacional decretando la inconstitucionalidad de los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución por atentar en contra de la soberanía energética, restituyendo en consecuencia el orden constitucional.

De no cumplir esa Suprema Corte de Justicia de la Nación con la atribución que emana  de la Carta Magna de ser garante de las garantías sociales e individuales dejara de ser Suprema Corte de Justicia de la Nación en consecuencia se podrá ser una declaración de que el Gobierno Mexicano es un Estado fallido por lo tanto deberá estarse a lo ordenado en el artículo 136 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de tal suerte que Ustedes Ministros y los otros dos poderes de la Unión se colocan en los presupuestos prescritos en dicho ordenamiento, lo que tiene consecuencias políticas y jurídicas.

 

Por lo antes Expuesto:

 

A USTEDES CC. MINISTROS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION, atentamente pido:

 

PRIMERO.- Tenerme por sumado al amparo en contra de las leyes anticonstitucionales que se combaten.

SEGUNDO.- Ejercitar en pleno la facultad de atracción para conocer del presente juicio de amparo.

TERCERO.- Conceder el amparo y protección de la justicia de la Unión en contra de los artículos que se combaten por las razones que en el mismo se exponen.

 

PROTESTO LO NECESARIO

 

NOMBRE Y FIRMA

 

LUGAR Y FECHA.